Convención Reformadora aprueba autonomía municipal y habilita cartas orgánicas locales

En su octava sesión plenaria, la Convención Reformadora de la Constitución aprobó modificaciones al régimen municipal que otorgan mayor autonomía a las localidades de la provincia. Desde ahora, todos los municipios con más de 10 mil habitantes podrán dictar sus propias cartas orgánicas, a través de convenciones municipales, siempre en concordancia con los principios de la Constitución provincial.

Las cartas orgánicas deberán establecer un intendente, un concejo municipal y un órgano de control externo, además de incorporar mecanismos de democracia directa y participación ciudadana. Los mandatos de intendentes y concejales serán de cuatro años, con posibilidad de una reelección. En los municipios que superen los 20 mil habitantes, el Concejo renovará la mitad de sus bancas cada dos años. También se fijó que el tesoro municipal estará integrado por recursos propios, coparticipación, transferencias presupuestarias, actividad económica, bienes y operaciones de crédito.

La sesión comenzó con más de dos horas de retraso y se abrió con un homenaje al Papa Francisco, propuesto como presidente honorífico de la jornada por el bloque Somos Vida y Libertad. Además, se generó un fuerte debate en torno al artículo 108, donde el bloque Unidos pidió eliminar la mención a “comunas”, iniciativa rechazada por La Libertad Avanza.

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